Inclusión, derechos y comunidad sorda

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¿Quieres contribuir a la inclusión de las personas con discapacidad auditiva? Dona y apoya proyectos y programas de impacto que promueven la autonomía, la accesibilidad y la inclusión de las personas sordas. 

Puedes hacer una donación puntual o colaborar de manera periódica para apoyar nuestra labor social. 

VÍAS DE DONACIÓN

  • 💳 Transferencia Bancaria: ES92 2100 2550 4313 0025 9462
  • 📲 Bizum: (Puedes realizar tu aportación desde la sección de donaciones de tu app bancaria introduciendo el código del proyecto).

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[Solicita tu certificado de donación aquí o escríbenos a asormadrid@asormadrid.org]

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Formas de colaborar

Hazte socio o socia

Formar parte de la asociación te da acceso a los servicios y actividades, y refuerza la representatividad del colectivo ante las administraciones.

Haz un donativo

Las aportaciones puntuales o periódicas sostienen los programas de atención, rehabilitación y ocio inclusivo.

Voluntariado

Puedes aportar tu tiempo y tus conocimientos en actividades, eventos y proyectos de la entidad.

Empresas y entidades

Impulsamos convenios de colaboración y proyectos de responsabilidad social corporativa con impacto real en el colectivo.

Testamento solidario

Hacer testamento es un acto de responsabilidad y amor hacia tus seres queridos. Al incluir en él a la Asociación de Sordos de Madrid (ASM), puedes transformar tu solidaridad en un legado perdurable que continuará transformando vidas, rompiendo barreras de comunicación y garantizando la inclusión real de las futuras generaciones de personas sordas. 

  1. ¿QUÉ ES EL TESTAMENTO SOLIDARIO?

El testamento solidario consiste en dejar todo o parte de tus bienes (o un bien concreto) a una entidad sin ánimo de lucro. 

  • Respeto absoluto a tus herederos: Puedes destinar un porcentaje de tu patrimonio o un bien específico sin perjudicar en ningún momento los derechos de tus herederos legítimos que fija la ley. 
  • Cualquier aportación suma: No es necesario poseer grandes patrimonios. Desde una cantidad económica hasta un inmueble o un bien específico, todo contribuye a garantizar la continuidad de nuestros servicios e instalaciones. 
  • Sin costes fiscales añadidos: Al ser la ASM una entidad declarada de Utilidad Pública, los legados y herencias recibidos están exentos del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, por lo que el 100% de tu contribución se destina directamente a nuestros fines sociales. 
  1. ¿QUÉ PUEDES DEJAR EN TU LEGADO?

Puedes incluir en tu testamento solidario diferentes tipos de bienes:

  • Suma de dinero o porcentaje: Un importe concreto o un porcentaje de tus ahorros o cuentas bancarias. 
  • Bienes inmuebles: Una vivienda, local, plaza de garaje o terreno. 
  • Bienes financieros: Acciones, fondos de inversión o planes de pensiones. 
  • Otros bienes: Obras de arte, joyas o derechos de autor. 
  1. ¿CÓMO HACER UN TESTAMENTO SOLIDARIO EN 3 PASOS?
  1. Decide tu voluntad: Piensa en cómo quieres distribuir tus bienes y habla con tu familia o allegados sobre tu decisión. 
  2. Acude a un Notario: Hacer testamento es un trámite sencillo y económico (aproximadamente entre 40 € y 80 €). El notario te asesorará para redactarlo según tus deseos. 
  3. Incluye los datos oficiales de la entidad: Para que la designación sea legalmente válida, solo necesitas facilitar al notario nuestros datos fiscales: 

Datos Legales para el Testamento

  • Razón Social: Asociación de Sordos de Madrid (ASM) 
  • NIF / C.I.F.: G-28498845 
  • Domicilio Social: Paseo de Santa María de la Cabeza, 37, 28045 Madrid 
  • Reconocimiento: Declarada de Utilidad Pública en fecha 07.09.1983 
  1. NUESTRO COMPROMISO DE TRANSPARENCIA
  • Confidencialidad: Trataremos tus intenciones con la máxima discreción y respeto. 
  • Uso ético y transparente: Tu legado se destinará íntegramente a potenciar los programas de atención social, formación en LSE, ocio accesible y autonomía personal de la entidad. 
  • Libertad de cambio: Recuerda que el testamento se puede modificar en cualquier momento de tu vida. 

 

CONFIDENCIALIDAD Y ASESORAMIENTO GRATUITO

Si tienes dudas o deseas hablar confidencialmente sobre cómo incluir a la Asociación en tu testamento, nuestro equipo estará encantado de orientarte sin ningún compromiso: 

LGD Y MEDIDAS ALTERNATIVAS

La Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social (Real Decreto Legislativo 1/2013) exige a todas las empresas públicas o privadas con 50 o más trabajadores/as reservar al menos un 2% de los puestos de trabajo para personas con discapacidad. 

En la Asociación de Personas Sordas de Madrid, te ayudamos a cumplir con la normativa legal vigente mientras impulsas un impacto social real en el colectivo de personas sordas y con discapacidad auditiva. 

  1. ¿QUÉ OCURRE SI TU EMPRESA NO PUEDE CUMPLIR LA CUOTA DEL 2%?

En casos excepcionales, cuando la empresa acredite dificultades organizativas, productivas o la falta de candidaturas para incorporar directamente a personas con discapacidad a su plantilla, la normativa prevé el uso de Medidas Alternativas (RD 364/2005 y Orden 468/2007 de la Comunidad de Madrid). 

Para acogerse a estas medidas, la empresa debe solicitar el Certificado de Excepcionalidad ante la autoridad laboral competente. 

  1. ¿CÓMO PUEDE COLABORAR TU EMPRESA CON NOSOTROS?

Puedes solicitar la exención parcial o total de la cuota directa de reserva cumpliendo la ley a través de dos vías principales con nuestra entidad: 

Vías de cumplimiento

  • Donaciones y Patrocinios para el Empleo e Inserción Laboral:
    • Realización de donaciones directas o acciones de patrocinio destinadas al desarrollo de nuestras actividades de formación, inserción laboral y capacitación para personas sordas. 
    • Importe legal: El importe anual equivale a 1,5 veces el IPREM por cada trabajador con discapacidad no contratado. 
  • Contratación de Servicios de Accesibilidad y Formación:
    • Contratación de servicios con nuestros Centros Especiales de Empleo o acuerdos de prestación de servicios para la eliminación de barreras de comunicación: 
      • Servicios de interpretación en Lengua de Signos Española (LSE) para eventos, juntas o reuniones internas. 
      • Adaptación y accesibilidad de contenidos audiovisuales y digitales. 
      • Formación en inclusión y sensibilización para tu plantilla. 
    • Importe legal: El importe anual equivale a 3 veces el IPREM por cada trabajador no contratado. 
  1. BENEFICIOS PARA TU EMPRESA
  • Cumplimiento Legal Garantizado: Evita sanciones e infracciones graves con la Inspección de Trabajo. 
  • Acceso a Licitaciones Públicas: Cumple con el requisito indispensable para contratar con la Administración Pública. 
  • Impacto Social Transparente: Contribuyes directamente a la autonomía e inclusión sociolaboral de las personas sordas en la Comunidad de Madrid. 
  • Mejora del Posicionamiento de RSC: Refuerza la estrategia de Diversidad, Equidad e Inclusión (DEI) de tu compañía. 

CONTACTO PARA EMPRESAS Y RSC

Haz de la obligación legal una oportunidad para potenciar la Responsabilidad Social Corporativa (RSC) de tu empresa y promover la inclusión real. 

Da el paso

Escríbenos y te explicamos las condiciones de afiliación, las vías de donación y los proyectos en los que puedes participar.